Respuesta corta: la Ley 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo obliga al empleador a garantizar medios de protección contra incendios en el centro de trabajo. En una fiscalización, SUNAFIL verifica que existan extintores suficientes, operativos, señalizados y accesibles, y que el personal esté capacitado para usarlos.
Muchas empresas creen que con pasar el ITSE están cubiertas. Son dos fiscalizaciones distintas: INDECI evalúa el local, SUNAFIL evalúa las condiciones de trabajo.
Qué obliga la ley
La Ley 29783 y su reglamento establecen que el empleador debe adoptar medidas de prevención frente a riesgos de incendio y asegurar que los trabajadores cuenten con los medios para responder ante una emergencia. En la práctica, eso se traduce en cuatro obligaciones concretas:
- Equipos suficientes y adecuados al riesgo de cada área.
- Equipos operativos, con mantenimiento vigente y certificado de operatividad.
- Señalización y acceso libre, con rutas de evacuación despejadas.
- Capacitación del personal en el uso de extintores y en el plan de respuesta a emergencias.
Qué revisa el inspector
| Punto | Qué verifica |
|---|---|
| Cantidad y ubicación | Cobertura por área y distancia de recorrido razonable desde cada puesto de trabajo |
| Tipo de agente | Que corresponda al riesgo de la zona: PQS, CO2, Tipo K, AFFF |
| Estado operativo | Manómetro en verde, precinto intacto, tarjeta de control vigente |
| Señalización | Señal visible sobre cada equipo |
| Accesibilidad | Sin obstrucciones, a altura reglamentaria |
| Capacitación | Registros de capacitación del personal en uso de extintores |
| Documentación | Plan de seguridad, mapa de riesgos y registros del sistema de gestión |
Cómo se calculan las sanciones
Las multas de SUNAFIL se expresan en UIT y dependen de tres variables: la gravedad de la infracción (leve, grave o muy grave), el régimen de la empresa —microempresa, pequeña empresa o régimen general— y el número de trabajadores afectados. La tabla vigente la publica SUNAFIL y se actualiza junto con el valor de la UIT.
El punto práctico: el costo de equipar correctamente un local suele ser una fracción de lo que cuesta una infracción, sin contar la paralización de actividades que puede ordenarse cuando hay riesgo grave e inminente.
Checklist de cumplimiento
- Extintores acordes al riesgo de cada área, con certificación reconocida como UL
- Tarjeta de control y certificado de operatividad vigentes
- Señalización fotoluminiscente sobre cada equipo
- Altura máxima de 1.50 m y acceso despejado
- Registro de capacitación del personal en uso de extintores
- Plan de respuesta a emergencias documentado
- Mapa de riesgos con ubicación de los equipos
Este artículo es orientativo y no sustituye asesoría legal ni la revisión de la normativa vigente.
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Preguntas frecuentes
¿SUNAFIL puede multar por no tener extintores?
Sí. La falta de medios de protección contra incendios en el centro de trabajo se tipifica como infracción en materia de seguridad y salud, dentro del marco de la Ley 29783.
¿De cuánto es la multa?
El monto se calcula en UIT y varía según el tipo de infracción, el régimen de la empresa y el número de trabajadores afectados. La tabla vigente la publica SUNAFIL.
¿Qué diferencia hay entre la inspección de INDECI y la de SUNAFIL?
INDECI evalúa el local para el certificado ITSE. SUNAFIL fiscaliza las condiciones de seguridad para los trabajadores; ambas revisan extintores, pero con enfoques distintos.
¿Basta con tener los extintores?
No. También se exige que estén operativos, señalizados, accesibles y que el personal haya sido capacitado en su uso.